Comparto con ustedes mi Proyecto de Ley para la “Creación del programa “Glorietas Culturales”
Sus objetivos son:
- Generar espacios públicos para el desarrollo gratuito de actividades recreativas y culturales.
- Aumentar las oportunidades laborales de los profesionales de la danza y el arte
- Aumentar los niveles de seguridad ciudadana en parques públicos sin necesidad de medidas coercitivas ni represivas.
- Incrementar la cohesión social del barrio aumentando las oportunidades de contacto interpersonal.
Proponemos la construcción de glorietas en los parques públicos urbanos donde puedan desarrollarse actividades bailables y culturales “a la gorra” para fomentar la recreación comunitaria a través de actividades culturales e incentivar y mejorar el intercambio social entre ciudadanos, abriendo el abanico de oferta cultural mediante el acceso gratuito y universal.
Aquí les dejo el texto completo del proyecto:
Aquí les dejo el texto completo del proyecto:
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados
CREACIÓN DEL PROGRAMA “GLORIETAS CULTURALES”
ARTÍCULO 1º. –En el marco de la Secretaría de Cultura de la Nación y con el fin de generar un espacio público para el desarrollo gratuito de actividades musicales, bailables, culturales y recreativas, créase el Programa “Glorietas Culturales” (PGC).
ARTÍCULO 2º. – Sobre el objetivo del PGC
a) Promover el desarrollo de actividades recreativas y culturales, permitiendo la participación de los diferentes grupos que componen la comunidad y fomentando la integración y el sentido de pertenencia.
b) Brindar un espacio de trabajo y expresión a aquellos profesionales que deseen ofrecer actividades culturales a la comunidad.
ARTÍCULO 3 º. - Sobre el funcionamiento del PGC
a) Operará en ciudades que cuenten con más de quinientos mil (500.000) habitantes.
b) Las glorietas serán construidas en parques o plazas de las ciudades que se ajusten al Artículo 3, inciso c) de la presente Ley.
c) Cada Comuna de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberá contar con al menos una glorieta, para lo cual la Secretaría de Cultura de la Nación tendrá a su cargo las obras de construcción.
d) Las glorietas a construirse deberán ser de características edilicias y estructurales similares a la Glorieta “Antonio Malvagni” ubicada en la Plaza Barrancas de Belgrano de la Capital Federal. Sus dimensiones no podrán ser menores a las de la citada glorieta.
ARTÍCULO 4. – Sobre el financiamiento del PGC
a) La financiación para la construcción de las glorietas estará a cargo del Gobierno Nacional con competencia exclusiva de la Secretaría de Cultura de la Nación.
b) Los gastos de mantenimiento que requieran las glorietas para su correcto funcionamiento quedarán a cargo de los gobiernos municipales en caso de las provincias y de las Juntas Comunales en el caso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ARTÍCULO 5. – Sobre la gestión del PCG
a) Los gastos de administración que requieran las glorietas para su correcto funcionamiento quedarán a cargo de los gobiernos municipales en caso de las provincias y de las Juntas Comunales en el caso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.).
b) Los ciudadanos que quieran ofrecer actividades en las glorietas deberán acercarse a su municipio, en caso de las provincias o a su CGP en caso de la C.A.B.A., con su propuesta cultural para la posterior evaluación por parte de las autoridades pertinentes.
c) La autoridad de aplicación local será el órgano encargado de confeccionar la grilla de actividades a desarrollarse en la glorieta cultural, la cual tendrá una duración de seis (6) meses. Antes del plazo de finalización de las actividades, la autoridad local deberá tener en su poder la grilla para el próximo ciclo de actividades.
d) La prestación del servicio por parte de los agentes culturales no podrá bajo ningún concepto percibir renta fija por sus servicios. Éstos sólo podrán aceptar contribuciones voluntarias de los participantes de las actividades, según la modalidad conocida como ‘a la gorra’.
e) Se reservará la franja horaria de 20 a 22 hs. exclusivamente para la realización de encuentros de baile de Tango y/o Folclore.
f) No se podrán realizar actividades pasadas las 23 horas los días de semana y deberá respetarse la legislación de cada municipio en cuanto a Ruidos Molestos.
g) Se deberán respetar las pautas culturales de descanso según los municipios de las provincias que adhieran al PGC.
ARTÍCULO 6. – Invítese a las Provincias a adherir al PGC.
ARTÍCULO 7. – Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
ARTÍCULO 2º. – Sobre el objetivo del PGC
a) Promover el desarrollo de actividades recreativas y culturales, permitiendo la participación de los diferentes grupos que componen la comunidad y fomentando la integración y el sentido de pertenencia.
b) Brindar un espacio de trabajo y expresión a aquellos profesionales que deseen ofrecer actividades culturales a la comunidad.
ARTÍCULO 3 º. - Sobre el funcionamiento del PGC
a) Operará en ciudades que cuenten con más de quinientos mil (500.000) habitantes.
b) Las glorietas serán construidas en parques o plazas de las ciudades que se ajusten al Artículo 3, inciso c) de la presente Ley.
c) Cada Comuna de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberá contar con al menos una glorieta, para lo cual la Secretaría de Cultura de la Nación tendrá a su cargo las obras de construcción.
d) Las glorietas a construirse deberán ser de características edilicias y estructurales similares a la Glorieta “Antonio Malvagni” ubicada en la Plaza Barrancas de Belgrano de la Capital Federal. Sus dimensiones no podrán ser menores a las de la citada glorieta.
ARTÍCULO 4. – Sobre el financiamiento del PGC
a) La financiación para la construcción de las glorietas estará a cargo del Gobierno Nacional con competencia exclusiva de la Secretaría de Cultura de la Nación.
b) Los gastos de mantenimiento que requieran las glorietas para su correcto funcionamiento quedarán a cargo de los gobiernos municipales en caso de las provincias y de las Juntas Comunales en el caso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ARTÍCULO 5. – Sobre la gestión del PCG
a) Los gastos de administración que requieran las glorietas para su correcto funcionamiento quedarán a cargo de los gobiernos municipales en caso de las provincias y de las Juntas Comunales en el caso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.).
b) Los ciudadanos que quieran ofrecer actividades en las glorietas deberán acercarse a su municipio, en caso de las provincias o a su CGP en caso de la C.A.B.A., con su propuesta cultural para la posterior evaluación por parte de las autoridades pertinentes.
c) La autoridad de aplicación local será el órgano encargado de confeccionar la grilla de actividades a desarrollarse en la glorieta cultural, la cual tendrá una duración de seis (6) meses. Antes del plazo de finalización de las actividades, la autoridad local deberá tener en su poder la grilla para el próximo ciclo de actividades.
d) La prestación del servicio por parte de los agentes culturales no podrá bajo ningún concepto percibir renta fija por sus servicios. Éstos sólo podrán aceptar contribuciones voluntarias de los participantes de las actividades, según la modalidad conocida como ‘a la gorra’.
e) Se reservará la franja horaria de 20 a 22 hs. exclusivamente para la realización de encuentros de baile de Tango y/o Folclore.
f) No se podrán realizar actividades pasadas las 23 horas los días de semana y deberá respetarse la legislación de cada municipio en cuanto a Ruidos Molestos.
g) Se deberán respetar las pautas culturales de descanso según los municipios de las provincias que adhieran al PGC.
ARTÍCULO 6. – Invítese a las Provincias a adherir al PGC.
ARTÍCULO 7. – Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
9 comentarios:
Bien hecho, diputado, lo felicito por el proyecto de ley de glorietas, y si las glorietas le dejan unos minutos libres me gustaría que también opine sobre el proyecto INADE, ya que veo que el INDEC le interesa, y con su ayuda puede estar la solución.
Ricardo Patricio Natalucci
DNI 8464942
Ex supervisor de campo, de metodología y de fórmulas de cálculo del IPC del INDEC 1980-1985
Ex asesor de matrices sectoriales la Secretaría de Planificación de Presidencia de la Nación 1986-1991
Parece que Iglesias antes trabajaba en la Sociedad de Fomento de Villa Domínico y todo lo que no le aprobaron ahí lo presenta ahora en el Congreso Nacional ...
Por ejemplo: el proyecto de apoyo a la campaña para crear una asamblea parlamentaria en la ONU o el de la elección directa de parlamentarios al mercosur, no?
COMENTARIOS Y PROPUESTA
Al diputado nacional Fernando A. Iglesias,
En la respuesta que usted da aquí a un participante anónimo hace usted bien en mencionar otros proyectos suyos, pero no se debería desmerecer estos proyectos como son los de glorietas culturales y casa nacional del tango.
Aprovecho para acercarle también una crítica que intenta ser constructiva referida al proyecto de glorietas culturales:
1) En los objetivos y propuesta hay o subsisten pequeñas faltas de prolijidad en la redacción, como la expresión “de la danza y el arte” o “bailables y culturales”, ya que la danza -en el contexto en que usted la cita-, es una forma de arte, y el baile una forma de cultura. Tal vez podría reemplazarse eso por algo así como “de la danza y de otras expresiones de arte”, y “actividades bailables y otras manifestaciones culturales”.
2) Dado que según el Artículo 4 inciso a: “La financiación para la construcción de las glorietas estará a cargo del Gobierno Nacional con competencia exclusiva de la Secretaría de Cultura de la Nación.”, podría resultar injustamente discriminatorio a favor de la ciudad de Buenos Aires el efecto combinado de los incisos a y c del Artículo 3º, ya que la exigencia de un mínimo de quinientos mil un (500.001) habitantes para las demás ciudades es notoriamente mayor que la cantidad de habitantes de cualquiera de las 15 comunas que agrupan a los distintos barrios porteños según el sitio oficial de la gobernación de dicha ciudad. Desde el punto de vista del federalismo y del país como conjunto resultaría más justo reducir la exigencia de cantidad de habitantes a ciento veinte mil (120.000) o una cantidad que iguale a la comuna de menor cantidad de habitantes de la ciudad de Buenos Aires.
Veo a través de algunos ejemplos que usted trabaja y redacta bien a nivel proyectos de ley. ¿No considera la posibilidad de colaborar con el proyecto de reemplazo del INDEC por el INADE [1], o directamente participar en dicho proyecto? Después de todo un proyecto de esa naturaleza no hay ningún motivo para que tenga que ser oficialista, y el oficialismo hasta ahora no ha dado muestras de interés, aunque para ser justo debo aclarar que aún no fue presentado a la presidenta de la Nación justamente por no estar aún bien redactado, pero sí lo conocen varios funcionarios del gobierno y no han ofrecido la más mínima colaboración, y por supuesto no me refiero a colaboración económica, -que no hace falta-, sino a trabajo y buena voluntad.
Bien, la propuesta que le hago es abrir aquí en su blog un debate profundo sobre el tema INDEC y sobre la posibilidad de llegar a un proyecto de ley estadística que resulte justo y beneficioso para el país.
Ref. 1) Proyecto INADE (http://www.indec.com.ar/proyectoinade.php)
Atte.:
Ricardo Patricio Natalucci
DNI 8464942
Ex supervisor de campo, de metodología y de fórmulas de cálculo del IPC del INDEC 1980-1985
Ex asesor de matrices sectoriales la Secretaría de Planificación de Presidencia de la Nación 1986-1991
Su sugerencia me parece razonable, Dr Natalucci. La tomaremos en consideración. Por lo del INDEC, el tema está en manos de nuestro equipo económico. Le sugiero contactarse con el diputado Prat Gay. Siempre hay alguien en su despacho.
Gracias por su ayuda.
Al diputado nacional Fernando A. Iglesias,
Le agradezco su respuesta.
Deseo aclararle que no soy Dr., ni uso títulos académicos, ni religiosos, ni de nobleza, sino apenas las referencias a oficio o especialidad cuando procede.
Por lo del INDEC me decepcionaría saber que por ejemplo usted o la senadora nacional María Eugenia Estenssoro cuando hacen comentarios al respecto deben consultar antes al diputado nacional Alfonso Prat Gay y se limitan a acatar las instrucciones de Prat Gay o a repetir lo que les dice Prat Gay, y si no es así, es decir si ustedes tienen pensamiento propio y libertad para hacer críticas públicas, entonces me parecería ético que no rehuyeran el debate como lo vienen haciendo.
Esto que digo no es una acusación de falta de ética en sentido absoluto -que a veces las hago-, sino en sentido relativo, ya que la hago desde mi concepción liberal y de valoración del concepto de individuo y del pensamiento propio, pero aceptando por el mismo criterio liberal que otros prefieran o prioricen ser parte de un grupo antes que individuos.
Finalmente, si el diputado nacional Prat Gay desea debatir conmigo para contribuir al esclarecimiento y superación del problema, o participar del proyecto INADE, debería ser en forma pública en su totalidad, en el mismo sentido que se lo ofrecí a usted.
Atte.:
Ricardo Patricio Natalucci
DNI 8464942
Ex supervisor de campo, de metodología y de fórmulas de cálculo del IPC del INDEC 1980-1985
Ex asesor de matrices sectoriales la Secretaría de Planificación de Presidencia de la Nación 1986-1991
Buenas tardes sr. Iglesias. Ya se que está en el ámbito de la Ciudad, pero ud. sabría decirnos ¿por que el proyecto de Boleta Unica para C.A.B.A. duerme en la Legislatura ???
Gracias.
FACEBOOK: Los Argentinos queremos Boleta Única en las proximas elecciones
http://www.facebook.com/#!/group.php?gid=120092675787
Usted presenta esto en serio? En realidad se ganó el título de Actor Cómico de la Nación
Llegué a leer tu proyecto por Twitter, lo estuvieron mandando como una burla.
A grandes rasgos no me parece mal, pero le encuentro un defecto enorme, o, cuando menos, una contradicción importante -que quizás no es tal, o sí, no sé, puede no ser casual, imagino que depende de tu concepción sobre este asunto-: el punto B del artículo 2 dice que, uno de los objetivos es "Brindar un espacio de trabajo (...) a aquellos profesionales que deseen ofrecer actividades culturales a la comunidad". La contradicción radica en que hablás de "trabajo" y de "profesionales" y en el artículo 5 D hablás de "pasar la gorra". Para un profesional eso es una tomada de pelo y para los artistas no-profesionales no es un incentivo mayor al que podría representar tocar o bailar en cualquier lugar al aire libre, como habitualmente hacen los artistas callejeros. ¿Qué tenés para decir sobre ello?
saludos
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